JurídicoESEN
Order (Auto)January 31, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Ecopetrol Sa·Respondent Cortes Sandoval Javier David

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Conocimiento De Procesos Ejecutivos En Los Que Se Pretende El Pago De Obligaciones Emanadas De Actos Administrativos Sancionatorios
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conocimiento de procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones emanadas de actos administrativos sancionatorios
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado Sesenta y Siete Civil Municipal de Bogotá.

La causa que suscita la controversia radica en demanda instaurada por Ecopetrol S.A., en contra de un ciudadano, mediante la cual pretende que se libre mandamiento de pago por los valores resultantes de la decisión de primera instancia dictada por la Gerencia de Control Disciplinario de Ecopetrol S.A., en la investigación disciplinaria adelantada en contra del demandado, impuesta por incumplir las funciones propias de su cargo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena sigue la línea de decisión del Auto 1566 de 2023, que dispone que, en materia de procesos ejecutivos, la Jurisdicción ordinaria es la llamada a resolver todos aquellos que no le hayan sido asignados expresamente a ninguna otra Jurisdicción.

Esto, independientemente de que el documento en el que consten las obligaciones cuya ejecución se demanda sea un acto administrativo, y concluye que, en el caso que se atiende, se ajusta a lo dispuesto en el Auto referido, y como quiera que la ejecución por la vía judicial del documento de análisis no le ha sido asignada ni a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, ni a ninguna otra jurisdicción, el conocimiento de este tipo de procesos le corresponde a la jurisdicción ordinaria, en aplicación de la cláusula residual de competencia prevista en el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Sesenta y Siete Civil Municipal de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre el Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado Sesenta y Siete Civil Municipal de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Sesenta y Siete Civil Municipal de Bogotá el conocimiento de la demanda ejecutiva Ecopetrol S.A. en contra del señor Javier David Cortés Sandoval.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU 4592 al Juzgado Sesenta y Siete Civil Municipal de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Cuarenta y Nueve Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, Sección Segunda.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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